Última revisión
Caso práctico: Subrogación de persona con discapacidad en contrato de arrendamiento sometido a la LAU de 1964
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Orden: civil
Fecha última revisión: 04/01/2024
Resumen:
La persona con un grado de discapacidad igual o superior al 65% que no haya notificado su intención de subrogarse en el contrato de alquiler sometido a la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1964 en los noventa días siguientes al fallecimiento del inquilino, puede manifestar su voluntad de subrogarse en los treinta días siguientes al requerimiento del arrendador.
PLANTEAMIENTO
«X» vive en una casa bajo contrato de alquiler (se celebró verbalmente) sometido a la LAU antigua. En principio fue su padre el arrendatario. Fallecido su padre, se subrogó su madre, y …
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