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Caso práctico: Tipo IVA en cursos de cocina
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PLANTEAMIENTO
¿Cuál es el tipo impositivo a aplicar cuando se imparten cursos de cocina?
RESPUESTA
La Dirección General de Tributos ha sentado reiteradamente que los cursos de cocina son materias incluidas en los planes de estudio del sistema educativo español.
Por lo tanto, estarán exentas de IVA las operaciones que se correspondan con las relacionadas en el art. 20 apdo. uno.
- 9º LIVA → Entidad que imparte clases de cocina
- 10º LIVA → persona física que imparte cursos de cocina
Consultas vinculantes de la Dirección General de Tributos de interés:
- Resolución Vinculante de DGT, V2093-12, 31-10-2012
- Resolución Vinculante de DGT, V4603-16, 28-10-2016
- Resolución Vinculante de DGT, V0667-05, 22-04-2005
- Resolución Vinculante de DGT, V5164-16, 29-11-2016
- Resolución Vinculante de DGT, V3086-15, 14-10-2015
- Resolución Vinculante de DGT, V2946-17, 15-11-2017
- Resolución Vinculante de DGT, V2013-15, 26-06-2015