Última revisión
Caso práctico: ¿Qué tipo de proyectos puede firmar un aparejador?
Relacionados:
Orden: administrativo
Fecha última revisión: 01/01/2024
Resumen:
Para responder a la duda sobre los proyectos que puede firmar un aparejador, es necesario conocer los criterios aplicables según la ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la edificación (LOE). De esta manera, se concreta que un aparejador podrá ser proyectista y director de obra siempre y cuando no sea de edificios destinados a la sanidad, administración, ámbito religioso, residenciales o docentes, entre otros; con todo, estos límites no se aplican si el aparejador se limita a la ejecución de la obra.
PLANTEAMIENTO
«A» está interesado en reformar de arriba abajo su vivienda, pero dado que su presupuesto es limitado, se pregunta si podría contratar a un aparejador en lugar de a un arquitecto. ¿Qué …
Se ha alcanzado el límite semanal de acceso por IP a Prácticos
Para poder acceder al doble de documentos semanales regístrese de manera gratuita:
Registro Gratuito¿Necesita un acceso ilimitado?
Vea aquí nuestras tarifas de suscripciónSi es usted cliente o ya se ha registrado, introduzca sus datos de acceso.
Acceder