Caso práctico: tributación en el IVA de la recogida y venta de resinas y piñas
Prácticos
Caso práctico: tributació...as y piñas

Última revisión
08/02/2021

Caso práctico: tributación en el IVA de la recogida y venta de resinas y piñas

Tiempo de lectura: 3 min

Tiempo de lectura: 3 min

Relacionados:

Orden: fiscal

Fecha última revisión: 08/02/2021

Origen: Iberley


PLANTEAMIENTO

Una persona se dedica a la actividad de recogida y venta de resinas y piñas en pinares, estos productos son vendidos:

  • las piñas a una empresa que se encarga de extraer el piñón para venderlos en el mercado

  • la resina se vende a una empresa de transformación de este producto.

Se pregunta acerca de la tributación en el IVA de las citadas actividades.

RESPUESTA

Se aplicará el tipo impositivo del 10 por ciento a las entregas de piñas y el 21 por ciento a la entrega de resina.

En la propia consulta se establece que la persona realiza estas actividades como desarrollo de una actividad empresarial o profesional con lo que únicamente debemos estar a lo establecido en los artículos 90 y 91 de la LIVA para determinar el tipo impositivo aplicable.

Así, el artículo 90 de la LIVA establece que será de aplicación el tipo general del impuesto, del 21 por ciento, cuando no sea de aplicación el tipo reducido del artículo 91.

Por su parte, el artículo 91.uno.1 de la LIVA establece que:

"Uno. Se aplicará el tipo del 10 por ciento a las operaciones siguientes:

1. Las entregas, adquisiciones intracomunitarias o importaciones de los bienes que se indican a continuación:

1º. Las sustancias o productos, cualquiera que sea su origen que, por sus características, aplicaciones, componentes, preparación y estado de conservación, sean susceptibles de ser habitual e idóneamente utilizados para la nutrición humana o animal, de acuerdo con lo establecido en el Código Alimentario y las disposiciones dictadas para su desarrollo, excepto las bebidas alcohólicas.

Se entiende por bebida alcohólica todo líquido apto para el consumo humano por ingestión que contenga alcohol etílico.

A los efectos de este número no tendrán la consideración de alimento el tabaco ni las sustancias no aptas para el consumo humano o animal en el mismo estado en que fuesen objeto de entrega, adquisición intracomunitaria o importación.

2º. Los animales, vegetales y los demás productos susceptibles de ser utilizados habitual e idóneamente para la obtención de los productos a que se refiere el número anterior, directamente o mezclados con otros de origen distinto".

En el caso planteado,

  • Las piñas vendidas lo son para la obtención de piñones, empleados estos para el consumo humano, siendo de aplicación el tipo reducido del impuesto del 10 por ciento.
  • Las resinas, en tanto no son calificadas ni ellas ni sus derivados como producto utilizado para la nutrición humana, no es posible aplicar el tipo reducido del impuesto debiendo tributar al tipo general del 21 por ciento.

LIBROS Y CURSOS RELACIONADOS

Casos prácticos de IVA en operaciones intracomunitarias e internacionales
Disponible

Casos prácticos de IVA en operaciones intracomunitarias e internacionales

Dpto. Documentación Iberley

17.00€

16.15€

+ Información

IVA en operaciones interiores. Paso a paso
Disponible

IVA en operaciones interiores. Paso a paso

V.V.A.A

17.00€

16.15€

+ Información

IVA en operaciones internacionales. Paso a paso
Disponible

IVA en operaciones internacionales. Paso a paso

V.V.A.A

17.00€

16.15€

+ Información

Los diferentes tipos impositivos en el IVA
Disponible

Los diferentes tipos impositivos en el IVA

Dpto. Documentación Iberley

6.83€

6.49€

+ Información

El modelo 303 de IVA
Disponible

El modelo 303 de IVA

6.83€

6.49€

+ Información