Última revisión
COMPRAS. DEVOLUCIÓN DEL I.V.A. - 32. RÉGIMEN DE VIAJEROS RESIDENTES EN REINO UNIDO TRAS EL BREXIT
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 19/03/2019
Origen: AEAT (Informa)
Materia
141241 - VIAJEROS - VIAJEROS - COMPRAS. DEVOLUCIÓN DEL I.V.A.
Pregunta
Derecho de reembolso de IVA en caso de viajeros británicos tras la salida del Reino Unido de la Unión Europea
Respuesta
Los residentes en el Reino Unido tendrán derecho al reembolso de IVA en el régimen de viajeros a partir de la salida del Reino Unido de la Unión Europea, siempre que cumplan con los requisitos fijados en la normativa.
A tal efecto, es importante señalar que tales requisitos deben cumplirse en el momento del devengo del impuesto (en el momento la puesta a disposición de los bienes a dichos viajeros) para poder gozar de este beneficio fiscal.
Esto supone que las compras realizadas por residentes británicos antes de la salida efectiva del Reino Unido de la Unión Europea no originan derecho de reembolso del impuesto (por incumplir el requisito de residencia habitual fuera de la Unión Europea), con independencia del momento en que dichos residentes abandonen la Unión Europea
Normativa/Doctrina
Ley 37/1992, de 28 de diciembre de 1992 del Impuesto sobre el Valor Añadido
 Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre de 1992 Reglamento de la Ley del I.V.A.
Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria