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IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES R.D.LEG. 4/2004 - BONIFICACIONES - ACTIVIDADES EXPORTADORAS Y SERVICIOS PÚBLICOS LOCALES - SERVICIOS DE COMPETENCIA MUNICIPAL DESDE 2014
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 01/01/2017
Origen: AEAT (Informa)
Materia
134309 - IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES R.D.LEG. 4/2004 - BONIFICACIONES - ACTIVIDADES EXPORTADORAS Y SERVICIOS PÚBLICOS LOCALES
Pregunta
A partir del 31 de diciembre de 2013 ¿cuáles son los servicios de competencia municipal comprendidos en el apartado 2 del artículo 25 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de bases del régimen local?
Respuesta
a) Urbanismo: planeamiento, gestión, ejecución y disciplina urbanística. Protección y gestión del Patrimonio histórico. Promoción y gestión de la vivienda de protección pública con criterios de sostenibilidad financiera. Conservación y rehabilitación de la edificación.
b) Medio ambiente urbano: en particular, parques y jardines públicos, gestión de los residuos sólidos urbanos y protección contra la contaminación acústica, lumínica y atmosférica en las zonas urbanas.
c) Abastecimiento de agua potable a domicilio y evacuación y tratamiento de aguas residuales.
d) Infraestructura viaria y otros equipamientos de su titularidad.
e) Evaluación e información de situaciones de necesidad social y la atención inmediata a personas en situación o riesgo de exclusión social.
f) Policía local, protección civil, prevención y extinción de incendios.
g) Tráfico, estacionamiento de vehículos y movilidad. Transporte colectivo urbano.
h) Información y promoción de la actividad turística de interés y ámbito local.
i) Ferias, abastos, mercados, lonjas y comercio ambulante.
j) Protección de la salubridad pública.
k) Cementerios y actividades funerarias.
l) Promoción del deporte e instalaciones deportivas y de ocupación del tiempo libre.
m) Promoción de la cultura y equipamientos culturales.
n) Participar en la vigilancia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria y cooperar con las Administraciones educativas correspondientes en la obtención de los solares necesarios para la construcción de nuevos centros docentes. La conservación, mantenimiento y vigilancia de los edificios de titularidad local destinados a centros públicos de educación infantil, de educación primaria o de educación especial.
ñ) Promoción en su término municipal de la participación de los ciudadanos en el uso eficiente y sostenible de las tecnologías de la información y las comunicaciones.
Normativa/Doctrina
Artículo 34.2 TRLIS Real Decreto Legislativo 4/2004, de 05 de marzo de 2004.
Artículo 25.2 Ley 7/1985, de 02 de abril de 1985.
Artículo Primero Ley 27/2013, de 27 de diciembre de 2013.
Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria