Última revisión
IMPUESTO SOBRE LA RENTA HASTA 31/12/2014 LEY 35/2006 - RENDIMIENTOS DEL CAPITAL INMOBILIARIO (ARRENDAMIENTO) - GASTOS DEDUCIBLES Y REDUCCIONES - REDUCCIÓN ARRENDAMIENTO: VIVIENDA ARRENDADA A PERSONA JURÍDICA
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 01/01/2017
Origen: AEAT (Informa)
Materia
128161 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA HASTA 31/12/2014 LEY 35/2006 - RENDIMIENTOS DEL CAPITAL INMOBILIARIO (ARRENDAMIENTO) - GASTOS DEDUCIBLES Y REDUCCIONES
Pregunta
Se arrienda una vivienda a una sociedad que la destinará a vivienda de un empleado. ¿Sería aplicable la reducción aplicable a los supuestos de arrendamiento de bienes inmuebles destinados a vivienda?
Respuesta
No resultará de aplicación dicha reducción en el supuesto en el que el inmueble se arriende a una persona jurídica, ya que en este caso, con independencia de la posterior utilización de la vivienda por parte de esta última, no constituye la vivienda del arrendatario, por lo que se debe entender que se trata de un arrendamiento distinto del de vivienda.
Por tanto, no se aplica la reducción por arrendamiento de vivienda, al no satisfacer el inmueble arrendado las necesidades permanentes de vivienda del arrendatario.
Normativa/Doctrina
Artículo 23 2.1º Ley 35/2006, de 28 de noviembre de 2006.
Consulta de la D.G.T. 1577 - 2004
Consulta Vinculante de la D.G.T. V 0063 - 2011, de 18 de enero de 2011
Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria
LIBROS Y CURSOS RELACIONADOS
Fiscalidad del arrendamiento de inmuebles a título individual y empresarial. Paso a paso
17.00€
16.15€