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ESTUDIANTES - 01. EXENCIÓN DE DERECHOS E IMPUESTOS
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Materia
145056 - COMERCIO EXTERIOR - PARTICULARES: FRANQUICIAS Y EXENCIONES DE IMPUESTOS - ESTUDIANTES
Pregunta
¿Cuáles son las mercancías que un alumno o estudiante de un país tercero, puede traer con exención de derechos e impuestos, a un país de la Unión Europea para la realización de sus estudios?
Respuesta
Serán admitidos con franquicia de derechos de importación, el equipo, material de estudio y demás mobiliario usado, que constituya el mobiliario normal de una habitación de estudiante, pertenecientes a alumnos y estudiantes que se trasladen al territorio aduanero de la Unión a realizar sus estudios. Estos bienes deben destinarse a su uso personal durante el período de duración de sus estudios.
La franquicia se concederá, al menos, una vez por año escolar.
La ley del IVA
Normativa/Doctrina
Art. 21 del Reglamento (CE) nº 1186/2009, del Consejo, de 16 de noviembre de 2009 relativo al establecimiento de un régimen comunitario de franquicias aduaneras (DOUE Nº l-324 DE 10-12-2009).
Artículo 33 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido. (BOE de 29-12-1992).
Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria