IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS - SUJETOS PASIVOS - ENTES O SOCIEDADES DE ARTISTAS
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IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS - SUJETOS PASIVOS - ENTES O SOCIEDADES DE ARTISTAS

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Orden: fiscal

Fecha última revisión: 01/01/2017

Origen: AEAT (Informa)

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Materia

108440 - IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS - SUJETOS PASIVOS

Pregunta

Las sociedades de artistas ¿deben darse de alta en la Sección 3ª? ¿Deben darse de alta, además, sus componentes personas físicas?

Respuesta

Deberá atenderse en todo caso a la persona o entidad que efectivamente realice el hecho imponible.

En este sentido, si efectivamente realiza la actividad artística una entidad o sociedad será ésta quien deba presentar la correspondiente alta, sin perjuicio de que alguna de las personas físicas presenten también declaración de alta por cuenta propia si prestan servicios a terceros independientemente de la entidad.



Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria