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IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS - TARIFAS - ACTIVIDADES EMPRESARIALES. DIVISIÓN 6: COMERCIO MENOR - CARBURANTES Y COMBUSTIBLES
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 01/01/2017
Origen: AEAT (Informa)
Materia
108984 - IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS - TARIFAS - ACTIVIDADES EMPRESARIALES. DIVISIÓN 6: COMERCIO MENOR
Pregunta
- Clasificación del suministro de carburante a pie de obra por una estación de servicio mediante un camión, sin petición previa por los adquirentes y sin incrementar el precio.
Propietario de gasolinera que vende gasóleo para calefacción y carburantes para vehículos. Recibe una comisión por volumen de ventas del mayorista, a cuyo nombre se emiten las facturas. ¿Qué epígrafe le corresponde?
Respuesta
- El suministro de carburante a pie de obra por una estación de servicio mediante un camión, sin petición previa por los adquirentes y sin incrementar el precio se clasifica en el epígrafe 655.3 de la Sección 1 de las tarifas (comercio al por menor de carburantes para el surtido de vehículos y aceites y grasas lubricantes).
Al propietario de gasolinera que vende gasóleo para calefacción y carburantes para vehículos le corresponden los siguientes epígrafes de la Sección 1: el 655.1 (comercio al por menor de combustibles de todas clases, excepto gases y carburantes por la venta de gasóleo de calefacción) y el 653.3 (comercio al por menor de carburantes para el surtido de vehículos y aceites y gases lubricantes por la venta de carburante para vehículos)
Normativa/Doctrina
Regla 4 Instrucción Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de Septiembre de 1990.
Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria