IMPUESTO SOBRE LA ENERGIA NUCLEAR - 02. HECHO IMPONIBLE
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IMPUESTO SOBRE LA ENERGI... IMPONIBLE

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IMPUESTO SOBRE LA ENERGIA NUCLEAR - 02. HECHO IMPONIBLE

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Orden: fiscal

Fecha última revisión: 05/05/2022

Origen: AEAT (Informa)

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Materia

144574 - IMPUESTOS MEDIOAMBIENTALES - IMPUESTO SOBRE LA ENERGÍA NUCLEAR - IMPUESTO SOBRE LA ENERGIA NUCLEAR

Pregunta

¿Cuál es el hecho imponible?

Respuesta

Se debe distinguir por un lado la producción y por otro el almacenamiento del combustible nuclear gastado y residuos radiactivos, por lo que podemos decir que existen dos hechos imponibles, la producción y el almacenamiento.

Normativa/Doctrina

Artículo 15 y 19 Ley 15/2012, de 27 de diciembre, de medidas fiscales para la sostenibilidad energética. (BOE, 28-diciembre-2012).



Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria

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