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IP - VALORACIÓN OPCIONES CONTRACTUALES Y DEMÁS BIENES Y DERECHOS - DEMÁS BIENES Y DERECHOS
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Temas
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 01/01/2017
Origen: AEAT (Informa)
Materia
104876 - IMPUESTO PATRIMONIO - VALORACIÓN OPCIONES CONTRACTUALES Y DEMÁS BIENES Y DERECHOS
Pregunta
¿Qué valor se tomará para los bienes y derechos de contenido económico no enumerados expresamente en la Ley del Impuesto sobre el Patrimonio?
Respuesta
Los demás bienes y derechos de contenido económico, atribuibles al sujeto pasivo, se valorará el precio de mercado a 31 de diciembre de cada año.
Normativa/Doctrina
Artículo 24 Ley 19/1991, de 06 de junio de 1991.
Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria