IP - VALORACIÓN OPCIONES CONTRACTUALES Y DEMÁS BIENES Y DERECHOS - DEMÁS BIENES Y DERECHOS
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IP - VALORACIÓN OPCIONES ...Y DERECHOS

Última revisión
01/01/2017

IP - VALORACIÓN OPCIONES CONTRACTUALES Y DEMÁS BIENES Y DERECHOS - DEMÁS BIENES Y DERECHOS

Tiempo de lectura: 1 min

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Relacionados:

Orden: fiscal

Fecha última revisión: 01/01/2017

Origen: AEAT (Informa)


Materia

104876 - IMPUESTO PATRIMONIO - VALORACIÓN OPCIONES CONTRACTUALES Y DEMÁS BIENES Y DERECHOS

Pregunta

¿Qué valor se tomará para los bienes y derechos de contenido económico no enumerados expresamente en la Ley del Impuesto sobre el Patrimonio?

Respuesta

Los demás bienes y derechos de contenido económico, atribuibles al sujeto pasivo, se valorará el precio de mercado a 31 de diciembre de cada año.

Normativa/Doctrina

Artículo 24 Ley 19/1991, de 06 de junio de 1991.



Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria

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