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IMPUESTO SOBRE LA RENTA HASTA 31/12/2014 LEY 35/2006 - ANDALUCÍA 2010 - DEDUCCIONES PARA LOS BENEFICIARIOS DE AYUDAS FAMILIARES
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130228 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA HASTA 31/12/2014 LEY 35/2006 - DEDUCCIONES AUTONÓMICAS (HASTA 2012) - ANDALUCÍA 2010
Pregunta
¿Qué deducciones autonómicas pueden aplicar los beneficiarios de ayudas familiares?
Respuesta
Los residentes en la Comunidad Autónoma de Andalucía que tengan derecho a percibir ayudas económicas en aplicación de la normativa de apoyo a las familias andaluzas, tienen derecho a aplicar las siguientes deducciones:
a) 50 euros por cada hijo menor de tres años, cuando se tuviera derecho a percibir las ayudas económicas indicadas por hijo menor de tres años en el momento de un nuevo nacimiento.
b) 50 euros por hijo, cuando se tuviera derecho a percibir ayudas económicas por parto múltiple.
Cuando la deducción corresponda a varios contribuyentes, su importe se prorrateará entre ellos por partes iguales.Normativa/Doctrina
Artículo 10 Decreto Legislativo 1/2009, de 01 de septiembre de 2009 de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria