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IMPUESTO SOBRE LA RENTA HASTA 31/12/2014 LEY 35/2006 - ARAGÓN 2012 - DEDUCCIÓN POR ADQUISICIÓN DE VIVIENDA EN NÚCLEOS RURALES
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 01/01/2017
Origen: AEAT (Informa)
Materia
132084 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA HASTA 31/12/2014 LEY 35/2006 - DEDUCCIONES AUTONÓMICAS (HASTA 2012) - ARAGÓN 2012
Pregunta
¿En qué consiste la deducción autonómica por adquisición de vivienda en núcleos rurales?
Respuesta
Los contribuyentes pueden deducir un 5 por 100 de las cantidades satisfechas en el período impositivo por la adquisición o rehabilitación de la vivienda que constituya o vaya a constituir su vivienda habitual, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
a) Que el contribuyente tenga su residencia habitual en la Comunidad Autónoma de Aragón y que en la fecha de devengo del impuesto tenga menos de 36 años.
b) Que se trate de su primera vivienda.
c) Que la vivienda esté sitada en un municipio aragonés que tenga menos de 3.000 habitantes.
d) Que la base imponible total no supere 18.900 euros en tributación individual o 31.500 euros en caso de tributación conjunta.
Los conceptos de adquisición, rehabilitación, vivienda habitual, base de la deducción y su límite máximo, serán los fijados en la normativa estatal de la deducción por adquisición de vivienda.
También resulta aplicable, conforme a la normativa estatal del impuesto, el requisito de la comprobación de la situación patrimonial del contribuyente
Normativa/Doctrina
Art.110-10 Texto Refundido de las disposiciones de la C. Aut. de Aragón en materia de tributos cedidos, introducido por Ley 3/2012
Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria