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IMPUESTO SOBRE LA RENTA HASTA 31/12/2014 LEY 35/2006 - PRINCIPADO DE ASTURIAS 2007 - DEDUCCIÓN ADQUISICIÓN/ ADECUACIÓN VIVIENDA HABITUAL DISCAPACITADO
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Materia
127004 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA HASTA 31/12/2014 LEY 35/2006 - DEDUCCIONES AUTONÓMICAS (HASTA 2012) - PRINCIPADO DE ASTURIAS 2007
Pregunta
¿En qué consiste la deducción autonómica por la adquisición o adecuación de la vivienda habitual de contribuyentes discapacitados?
Respuesta
Los contribuyentes discapacitados residentes en el Principado de Asturias que acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 65 por 100 pueden deducir el 3 por 100 de las cantidades satisfechas durante el ejercicio en la adquisición o adecuación de la vivienda que constituya o vaya a constituir su residencia habitual, excepto de la parte que corresponda a intereses.
La base máxima de la deducción es de 13.135 euros.
La adquisición de la nueva vivienda o, en su caso, las obras e instalaciones en que la adecuación consista, deberán resultar estrictamente necesarias para la accesibilidad y comunicación sensorial y facilitar el desenvolvimiento digno y adecuado de las personas con discapacidad, extremo que deberá acreditarse mediante resolución o certificado expedido por la consejería competente en materia de valoración de discapacidades.
Normativa/Doctrina
Artículo 7 . Segunda Ley 7/2005, de 29 de diciembre de 2005 del Principado de Asturias, modificada por Ley 11/2006.
Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria