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IMPUESTO SOBRE LA RENTA HASTA 31/12/2014 LEY 35/2006 - CANARIAS 2007 - DEDUCCIÓN TRASLADO RESIDENCIA A OTRA ISLA PARA REALIZAR ACTIVIDAD
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 01/01/2017
Origen: AEAT (Informa)
Materia
127055 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA HASTA 31/12/2014 LEY 35/2006 - DEDUCCIONES AUTONÓMICAS (HASTA 2012) - CANARIAS 2007
Pregunta
¿ En qué consiste la deducción autonómica por el traslado de la residencia a otra isla del Archipiélago para realizar una actividad laboral por cuenta ajena o una actividad económica?
Respuesta
Los contribuyentes residentes en Canarias que trasladen su residencia a otra isla del Archipiélago para realizar una actividad laboral por cuenta ajena o una actividad económica, pueden practicar una deducción de 300 euros en el período impositivo en el que se produzca el cambio de residencia y en el siguiente. No obstante, la deducción no puede exceder de la parte de la cuota íntegra autonómica que proceda de rendimientos de trabajo y de actividades económicas.
Para tener derecho a la deducción se ha de permanecer en la isla de destino durante el año en que se produzca el traslado y los tres siguientes. Si se incumpliera este requisito después de haber aplicado la deducción deberá integrarse su importe en la cuota íntegra del ejercicio en el que se produzca el incumplimiento, con los correspondientes intereses de demora.
Normativa/Doctrina
Artículo 4
Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria