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IMPUESTO SOBRE LA RENTA HASTA 31/12/2014 LEY 35/2006 - COMUNIDAD VALENCIANA 2007 - DEDUCCIÓN POR DONACIONES DE BIENES DEL PATRIMONIO CULTURAL VALEN.
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 01/01/2017
Origen: AEAT (Informa)
Materia
127164 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA HASTA 31/12/2014 LEY 35/2006 - DEDUCCIONES AUTONÓMICAS (HASTA 2012) - COMUNIDAD VALENCIANA 2007
Pregunta
¿En qué consiste la deducción autonómica por donaciones de bienes del Patrimonio Cultural Valenciano?
Respuesta
Los contribuyentes residentes en la Comunidad Valenciana pueden deducir el 10 por 100 de las donaciones puras y simples efectuadas durante el período impositivo de bienes que, formando parte del Patrimonio Cultural Valenciano, se hallen inscritos en el Inventario General del citado patrimonio, de acuerdo con la normativa legal autonómica vigente, siempre que se realicen a favor de cualquiera de las siguientes entidades:
1) La Generalitat Valenciana y las Corporaciones Locales de la Comunidad Valenciana.
2) Las entidades públicas de carácter cultural dependientes de cualquiera de las Administraciones Territoriales citadas en el número 1) anterior.
3) Las Universidades Públicas de la Comunidad Valenciana.
4) Las fundaciones y asociaciones declaradas de utilidad pública que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 2 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo, siempre que persigan fines de naturaleza exclusivamente cultural y se hallen inscritas en los correspondientes registros de la Comunidad Valenciana.
Normativa/Doctrina
Artículo 4 . Uno. p).1 Ley 13/1997, de 23 de diciembre de 1997 de la Comunidad Valenciana (redacción Ley 10/2006).
Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria