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IMPUESTO SOBRE LA RENTA HASTA 31/12/2014 LEY 35/2006 - COMUNIDAD VALENCIANA 2007 - JUSTIFICACIÓN DEL DERECHO A LAS DEDUCCIONES POR DONACIONES
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Materia
127180 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA HASTA 31/12/2014 LEY 35/2006 - DEDUCCIONES AUTONÓMICAS (HASTA 2012) - COMUNIDAD VALENCIANA 2007
Pregunta
¿Cómo se justifica el derecho a las deducciones autonómicas por donaciones?
Respuesta
Se deberá acreditar la efectividad de la donación efectuada, así como el valor de la misma, mediante certificación expedida por la entidad donataria en la que, además del número de identificación fiscal y de los datos de identificación personal del donante y de la entidad donataria, se hagan constar los siguientes extremos:
1) Fecha e importe del donativo, cuando éste sea dinerario.
2) Documento público u otro documento auténtico acreditativo de la entrega del bien donado, cuando se trate de donaciones en especie. En relación con las donaciones de bienes del Patrimonio Cultural Valenciano, será mención inexcusable del documento el número de identificación que en el Inventario General del Patrimonio Cultural Valenciano corresponda al bien donado.
3) Mención expresa del carácter irrevocable de la donación.
4) Mención expresa de que la entidad donataria se encuentra incluida entre las reguladas en las letras a) y b) del artículo 2 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo, cuando la donación se efectúe a favor de fundaciones y asociaciones declaradas de utilidad pública.
Sin perjuicio de lo anterior, tratándose de donaciones en especie, a la citada certificación deberá acompañarse otra acreditativa del valor de los bienes donados.
Normativa/Doctrina
Artículo 4 . Tres Ley 13/1997, de 23 de diciembre de 1997 de la Comunidad Valenciana (redacción Ley 10/2006).
Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria