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IMPUESTO SOBRE LA RENTA HASTA 31/12/2014 LEY 35/2006 - COMUNIDAD VALENCIANA 2008 - JUSTIFICACIÓN DEL DERECHO A LAS DEDUCCIONES PARA DISCAPACITADOS
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 01/01/2017
Origen: AEAT (Informa)
Materia
129409 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA HASTA 31/12/2014 LEY 35/2006 - DEDUCCIONES AUTONÓMICAS (HASTA 2012) - COMUNIDAD VALENCIANA 2008
Pregunta
¿Cómo se justifica la discapacidad a efectos del derecho a aplicar las deducciones establecidas por la Comunidad Valenciana para los contribuyentes discapacitados?
Respuesta
El grado de discapacidad deberá acreditarse mediante el correspondiente certificado expedido por los órganos competentes en materia de servicios sociales de la Generalitat o por los órganos correspondientes del Estado o de otras Comunidades Autónomas.
Las deducciones autonómicas de la Comunidad Valenciana en favor de personas discapacitadas físicas o sensoriales, con grado de discapacidad igual o superior al 65 por 100, o discapacitadas psíquicas, con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, también serán de aplicación cuando se trate de personas incapacitadas judicialmente, aunque no tengan el grado de discapacidad exigido.
Asimismo, las deducciones autonómicas de la Comunidad Valenciana en favor de personas con discapacidad física o sensorial con grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, serán de aplicación a los pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez, y el el caso de los pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.
Normativa/Doctrina
Disposición adicional Sexta Ley 13/1997, de 23 de diciembre de 1997 de la Comunidad Valenciana (añadida por Ley 14/2007).
Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria