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IMPUESTO SOBRE LA RENTA HASTA 31/12/2014 LEY 35/2006 - COMUNIDAD VALENCIANA 2012 - DEDUCCIÓN POR DONACIONES PARA EL FOMENTO DE LA LENGUA VALENCIANA
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 01/01/2017
Origen: AEAT (Informa)
Materia
132377 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA HASTA 31/12/2014 LEY 35/2006 - DEDUCCIONES AUTONÓMICAS (HASTA 2012) - COMUNIDAD VALENCIANA 2012
Pregunta
¿En qué consiste la deducción autonómica por donaciones para el fomento de la lengua valenciana?
Respuesta
Los residentes en la Comunitat Valenciana pueden deducir el 10 por 100 de las donaciones efectuadas durante el año, destinadas al fomento de la Lengua Valenciana, en favor de las siguientes entidades:
- La Generalitat Valenciana y las Corporaciones Locales de la Comunitat Valenciana.
- Las entidades públicas dependientes de cualquiera de las Administraciones Territoriales citadas en el párrafo anterior cuyo objeto social sea el fomento de la lengua valenciana.
- Las fundaciones y asociaciones declaradas de utilidad pública que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 2 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, siempre que su fin exclusivo sea el fomento de la lengua valenciana y se hallen inscritas en los correspondientes registros de la Comunitat Valenciana.Normativa/Doctrina
Artículo 7 Ley 13/1997, de 23 de diciembre de 1997, de la Generalitat Valenciana, redacción Ley 16/2010 . Artículo 4.Uno.r) Ley 13/1997, de 23 de diciembre, de la Comunitat Valenciana (redacción Ley 14/2007)
Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria