IMPUESTO SOBRE LA RENTA HASTA 31/12/2014 LEY 35/2006 - EXTREMADURA 2007 - DEDUCC...DE VIVIENDA HABITUAL
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IMPUESTO SOBRE LA RENTA H...A HABITUAL

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IMPUESTO SOBRE LA RENTA HASTA 31/12/2014 LEY 35/2006 - EXTREMADURA 2007 - DEDUCCIÓN POR ALQUILER DE VIVIENDA HABITUAL

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Orden: fiscal

Fecha última revisión: 01/01/2017

Origen: AEAT (Informa)

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Materia

127799 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA HASTA 31/12/2014 LEY 35/2006 - DEDUCCIONES AUTONÓMICAS (HASTA 2012) - EXTREMADURA 2007

Pregunta

¿Cuál es el importe y los requisitos de la deducción autonómica de la Comunidad Autónoma de Extremadura por alquiler de vivienda habitual para menores de 35 años, familia numerosa y minusválidos?

Respuesta

Los contribuyentes residentes en la Comunidad Autónoma de Extremadura pueden aplicar una deducción del 10 por 100 de las cantidades satisfechas en el período impositivo por el alquiler de su vivienda habitual, con el límite de 300 euros anuales, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:

1º) Que el contribuyente cumpla alguna de las siguientes circunstancias:

- Que en la fecha de devengo tenga menos de 35 años. En tributación conjunta, este requisito debe cumplirlo, al menos uno de los cónyuges.

- Que forme parte de una familia numerosa.

- Que sea minusválido en grado igual o superior al 65 por 100.

2º) Que se trate del arrendamiento de la vivienda del contribuyente y que sea ocupada por el mismo.

3º) Que se haya satisfecho el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales por el arrendamiento y, en su caso, sus prórrogas.

4º) Que el contribuyente no tenga derecho en el período impositivo a deducción alguna por inversión en vivienda habitual, excepto por cuenta vivienda.

5º) Que ni el contribuyente, ni ninguno de los miembros de la unidad familiar sean titulares del pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute de otra vivienda situada a menos de 75 km. de la vivienda arrendada.

6º) Que la suma de las bases imponibles general y del ahorro no sea superior a 19.000 euros en declaración individual o a 24.000 en caso de tributación conjunta.

El importe total de las deducciones aplicadas sobre una misma vivienda no puede ser superior a 300 euros. Si con relación a una misma vivienda, dos o más contribuyentes tuvieran derecho a la deducción, su importe se prorrateará entre ellos.

Normativa/Doctrina

Artículo 4 Decreto Legislativo 1/2006, de 12 de diciembre de 2006, de la C.A.de Extremadura, redacción Ley 6/2007..



Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria

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