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IMPUESTO SOBRE LA RENTA HASTA 31/12/2014 LEY 35/2006 - EXTREMADURA 2011 - DEDUCCIÓN POR DONACIONES CON FINALIDAD ECOLÓGICA
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Materia
131601 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA HASTA 31/12/2014 LEY 35/2006 - DEDUCCIONES AUTONÓMICAS (HASTA 2012) - EXTREMADURA 2011
Pregunta
¿En qué consiste la deducción autonómica por donaciones con finalidad ecológica?
Respuesta
Los contribuyentes residentes en Extremadura pueden deducir el 15 por 100 de las cantidades donadas, pura y simplemente, a la Comunidad Autónoma de Extremadura, siempre que la donación tenga por destino o finalidad la defensa y conservación del medio ambiente. La deducción no puede exceder del 10 por 100 del importe de la cuota íntegra autonómica.
Para tener derecho a la deducción debe acreditarse la efectividad de la donación efectuada y el valor de la misma, mediante certificación expedida por el órgano competente para aceptarla. En dicha certificación se harán constar, además del número de identificación fiscal y de los datos de identificación personal del donante y de la entidad donataria, los siguientes extremos:
a) Fecha e importe de la donación.
b) Mención expresa del carácter irrevocable de la donación. La revocación de la donación dará lugar a la integración de las cantidades deducidas en la cuota líquida autonómica del ejercicio en que se produzca la revocación, con los correspondientes intereses de demora.
Normativa/Doctrina
Artículo 10 Ley 19/2010, de 28 de noviembre de 2010 de medidas tributarias y administrativas de Extremadura.
Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria