Última revisión
IMPUESTO SOBRE LA RENTA HASTA 31/12/2014 LEY 35/2006 - EXTREMADURA 2012 - DEDUCCIÓN POR EL FOMENTO DEL AUTOEMPLEO DE MUJERES EMPRENDEDORAS
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 01/01/2017
Origen: AEAT (Informa)
Materia
132259 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA HASTA 31/12/2014 LEY 35/2006 - DEDUCCIONES AUTONÓMICAS (HASTA 2012) - EXTREMADURA 2012
Pregunta
¿En qué consiste la deducción autonómica por el fomento del autoempleo de las mujeres emprendedoras?
Respuesta
Las mujeres emprendedoras residentes en la Comunidad Autónoma de Extremadura pueden deducir el importe satisfecho a la Seguridad Social con el límite de 300 euros.
Se considerará mujer emprendedora a aquella que cause alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores previsto en la normativa estatal, por primera vez durante el periodo impositivo y mantenga dicha situación de alta durante, como mínimo, un año. Será requisito indispensable para disfrutar de esta deducción que la actividad se desarrolle en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
La deducción se aplicará en el periodo impositivo en que se produzca el alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores por primera vez.
El incumplimiento de las condiciones de la deducción dará lugar a la integración de las cantidades deducidas en la cuota líquida autonómica del ejercicio en que se produzca el incumplimiento, con los correspondientes intereses de demora.
Normativa/Doctrina
Artículo 3
Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria