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IMPUESTO SOBRE LA RENTA HASTA 31/12/2014 LEY 35/2006 - GALICIA 2012 - DEDUCCIÓN POR ALQUILER DE VIVIENDA:CONCEPTO DE VIV. HABITUAL
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Materia
132192 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA HASTA 31/12/2014 LEY 35/2006 - DEDUCCIONES AUTONÓMICAS (HASTA 2012) - GALICIA 2012
Pregunta
¿Cuál es el concepto de vivienda habitual a efectos de poder aplicar la deducción autonómica por el alquiler de la vivienda habitual? ¿es necesario que el contrato tenga una duración mínima determinada?
Respuesta
A efectos de esta deducción, se entiende por vivienda habitual la que constituya el domicilio fiscal del contribuyente que, según lo previsto en la Ley General Tributaria, sería el de su residencia habitual.
Por otra parte, el contrato ha de tener una duración que permita a la Administración Tributaria apreciar un cierto carácter de permanencia, no admitiéndose contratos de temporada, y únicamente se podrá rescindir en casos excepcionales: casos de cambio de domicilio por motivos laborales, profesionales o de separaciones de hecho y cuando es el arrendador el que rescinde el contrato en los supuestos legalmente admitidos.
Normativa/Doctrina
Artículo 5. Siete Texto Refundido disposiciones legales de Galicia en materia de tributos cedidos (Decreto legislativo 1/2011) Informes de la Comunidad Autónoma de octubre de 2003

Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria