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IMPUESTO SOBRE LA RENTA HASTA 31/12/2014 LEY 35/2006 - REGIÓN DE MURCIA 2008 - DEDUCCIÓN POR GASTOS DE GUARDERIA: REQUISITOS EN PARTE DEL AÑO
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 01/01/2017
Origen: AEAT (Informa)
Materia
129398 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA HASTA 31/12/2014 LEY 35/2006 - DEDUCCIONES AUTONÓMICAS (HASTA 2012) - REGIÓN DE MURCIA 2008
Pregunta
Cómo se aplica la deducción autonómica por gastos de guardería y centros escolares de hijos menores de 3 años, en los siguientes supuestos:
a) Cuando el hijo que origina el derecho a la deducción haya nacido en el período impositivo.
b) Cuando los padres no trabajen fuera del domicilio familiar durante todo al año.
Respuesta
En los casos anteriores la deducción se aplicará por las cantidades satisfechas durante los meses en que se cumplan simultáneamente los siguientes requisitos exigidos para poder aplicar la deducción:
a) Que el hijo sea menor de tres años.
b) Que ambos padres trabajen fuera del domicilio familiar y obtengan rendimientos del trabajo personal o de actividades empresariales o profesionales.
En ninguno de los casos anteriores habría que prorratear el límite máximo de la deducción aplicable con respecto a cada hijo.
Normativa/Doctrina
Artículo 1 . Tres
Informe de la Comunidad Autónoma de 22 de diciembre de 2004
Contestación de la Región de Murcia de 23 de diciembre de 2008
Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria