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IMPUESTO SOBRE LA RENTA HASTA 31/12/2014 LEY 35/2006 - GESTIÓN DEL IMPUESTO: OBLIGACIÓN DE DECLARAR Y PLAZO - OBLIGACIONES FORMALES - OBLIGACIONES CONTABLES: EMPRESARIOS EN ESTIMACIÓN DIRECTA
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Materia
127285 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA HASTA 31/12/2014 LEY 35/2006 - GESTIÓN DEL IMPUESTO: OBLIGACIÓN DE DECLARAR Y PLAZO - OBLIGACIONES FORMALES
Pregunta
Obligaciones contables y registrales de los empresarios que determinen el Rendimiento Neto de sus actividades en el régimen de estimación directa.
Respuesta
En cuanto a las actividades empresariales de carácter mercantil en estimación directa normal, los contribuyentes estarán obligados a llevar la contabilidad ajustada a lo dispuesto en el Código de Comercio. Cuando la actividad empresarial no tenga carácter mercantil o si está en estimación directa simplificada, las obligaciones contables se limitarán a la llevanza de los siguientes libros registros:
a) ventas e ingresos;
b) compras y gastos;y
c) bienes de inversión.
No obstante, los contribuyentes que lleven la contabilidad según lo previsto en el código de comercio, no estarán obligados a llevar estos libros registros.
Normativa/Doctrina
Artículo 104 Ley 35/2006, de 29 de octubre de 2006.
Artículo 68 .3 y 4 Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo de 2007.
DGT V3154-13
Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria