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IMPUESTO SOBRE LA RENTA HASTA 31/12/2014 LEY 35/2006 - RENDIMIENTOS DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS - AMORTIZACIONES - AMORTIZACIÓN GARAJE ADQUIRIDO PARA LA ACTIVIDAD
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 01/01/2017
Origen: AEAT (Informa)
Materia
126558 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA HASTA 31/12/2014 LEY 35/2006 - RENDIMIENTOS DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS - AMORTIZACIONES
Pregunta
El contribuyente desarrolla una actividad comercial, debido a la dificultad de aparcar en la zona, adquiere dos plazas de aparcamiento: una para su uso particular y la otra para el negocio (clientes, empleados...) consideración de ésta última como elemento afecto a la actividad.
Respuesta
De acuerdo a la normativa, la plaza de aparcamiento destinada al negocio tendrá la consideración de elemento patrimonial afecto siempre que se utilice en los fines de la actividad y no a satisfacer necesidades particulares del titular, ya que en caso de destinar la plaza tanto para uso particular como para sus empleados y clientes, tendríamos que tener en cuenta que no cabe una afectación parcial de elementos patrimoniales indivisibles.
Conforme a esto, la plaza de aparcamiento sólo tiene consideración de afecta si su utilización es exclusiva en la actividad, y será entonces cuando pueda amortizarse el precio de adquisición, debiendo excluirse -al tratarse de edificaciones- el valor del suelo.
Normativa/Doctrina
Artículo 29 Ley 35/2006, de 28 de noviembre de 2006.
Artículo 22 Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo de 2007.
Consulta de la D.G.T. 0360 - 00, de 29 de febrero de 2000
Consulta de la D.G.T. 2490 - 99, de 29 de diciembre de 1999
Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria