Última revisión
IMPUESTO SOBRE LA RENTA HASTA 31/12/2014 LEY 35/2006 - RENDIMIENTOS DEL TRABAJO - REDUCCIÓN POR OBTENCIÓN DE RENDIMIENTOS DEL TRABAJO - PROLONGACIÓN DE LA ACTIVIDAD LABORAL: REINICIO ACTIVIDAD
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 01/01/2017
Origen: AEAT (Informa)
Materia
126751 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA HASTA 31/12/2014 LEY 35/2006 - RENDIMIENTOS DEL TRABAJO - REDUCCIÓN POR OBTENCIÓN DE RENDIMIENTOS DEL TRABAJO
Pregunta
En el caso de haber accedido a la jubilación con ocasión del cumplimiento de los 65 años y, posteriormente, reiniciar el ejercicio de una actividad laboral suspendiéndose el cobro de la pensión de jubilación ¿existe derecho a aplicar la reducción?
Respuesta
si. La norma exige que el contribuyente sea mayor de 65 años y trabajador activo que continúe o prolongue la actividad labora, circunstancias que tendrán que concurrir a lo largo del período impositivo.
Por tanto, en el caso planteado puede considerarse que existe derecho a aplicar la reducción por prolongación de la actividad laboral.
Normativa/Doctrina
Artículo 12 .1 Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo de 2007.
Informe de la DGT de 5 de mayo de 2006
Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria