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IMPUESTO SOBRE LA RENTA DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 - COMUNIDADES AUTÓNOMAS: PAÍS VASCO Y NAVARRA) - INGRESO PAGOS FRACCIONADOS DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS
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135507 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 - COMUNIDADES AUTÓNOMAS: PAÍS VASCO Y NAVARRA)
Pregunta
Soy un comerciante con domicilio fiscal en Burgos que tiene una pequeña tienda en una localidad de Vizcaya (o de Navarra), donde desarrollo mi actividad económica. ¿Dónde debo ingresar los pagos fraccionados a cuenta del IRPF?.
Respuesta
En la Administración tributaria del Estado (AEAT). Los pagos fraccionados a cuenta del IRPF se exigirán, conforme a su propia normativa, por la Administración correspondiente al domicilio fiscal del contribuyente, en este caso, Burgos.
Normativa/Doctrina
Artículo 8.Dos del Concierto Económico (Ley 12/2002, de 23 de mayo)
Artículo 15 del Convenio Económico (Ley 28/1990, de 26 de diciembre, según redacción Ley 25/2003, de 15 de julio)

Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria