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IMPUESTO SOBRE LA RENTA DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 - CUOTA ÍNTEGRA Y LÍQUIDA ESTATAL - COMPATIBILIDAD ANUALIDADES POR ALIMENTOS, MÍNIMO POR DESCENDIENTE
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 01/01/2017
Origen: AEAT (Informa)
Materia
137874 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 - CUOTA ÍNTEGRA Y LÍQUIDA ESTATAL
Pregunta
En el supuesto de progenitores con guardia y custodia compartida sin existir convivencia, ¿Son compatibles la aplicación del mínimo por descendientes y las especialidades aplicables a las anualidades por alimentos a favor de los mismos hijos?
Respuesta
Tal y como establece la Ley del Impuesto, en sus artículos 64 y 75, se considera que, al tener los progenitores la guardia y custodia compartida sin existir convivencia, tienen derecho a la aplicación del mínimo respecto de sus descendientes y no procedería la aplicación del régimen previsto para las anualidades por alimentos.
Normativa/Doctrina
Artículo 64 Ley 35/2006, de 28 de noviembre de 2006.
Artículo 75 Ley 35/2006, de 28 de noviembre de 2006.
Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria