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IMPUESTO SOBRE LA RENTA DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 - RENDIMIENTOS DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS - OBLIGACIONES FORMALES - OBLIGACIONES FORMALES DE INFORMACIÓN: ENTIDADES EN ATRIBUCIÓN
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 01/01/2017
Origen: AEAT (Informa)
Materia
135873 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 - RENDIMIENTOS DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS - OBLIGACIONES FORMALES
Pregunta
Obligaciones formales de entidades en régimen de atribución de rentas que ejerzan una actividad económica.
Respuesta
Las entidades en atribución de rentas que ejerzan una actividad económica, o cuyas rentas excedan de 3.000 euros anuales,deberán presentar anualmente una declaración informativa en la que, además de sus datos identificativos y, en su caso, los de su representante, deberá constar la siguiente información.
- Identificación, domicilio fiscal y número de identificación de sus componentes, residentes o no en territorio español,incluyéndose las variaciones en la composición de la entidad a lo largo del periodo.
- Importe de las rentas obtenidas por la entidad, y la renta atribuible a sus miembros
- Bases de las deducciones.
- Importe de las retenciones e ingresos a cuenta soportados por la entidad y atribuibles a cada uno de sus miembros.
- Importe neto de la cifra de negocios de acuerdo con el artículo 35.2 del Código de Comercio de 22 agosto de 1885.
Deben notificar por escrito a sus miembros la información recogida en los puntos 2, 3 y 4. Ésta debe ponerse a disposición de los miembros de la entidad en el plazo de 1 mes desde la finalización del plazo de presentación de la declaración informativa.
Normativa/Doctrina
Artículo 70 Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo de 2007, Reglamento del IRPF.
Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria