IMPUESTO SOBRE LA RENTA DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 - RENDIMIENTOS ...RIO A PARTIR DE 2015
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IMPUESTO SOBRE LA RENTA D...IR DE 2015

Última revisión
01/01/2017

IMPUESTO SOBRE LA RENTA DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 - RENDIMIENTOS DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS - RENDIMIENTO NETO: INGRESOS ÍNTEGROS Y GASTOS DEDUCIBLES - GASTO DEDUCIBLE: MPS DEL EMPRESARIO A PARTIR DE 2015

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Orden: fiscal

Fecha última revisión: 01/01/2017

Origen: AEAT (Informa)


Materia

135561 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 - RENDIMIENTOS DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS - RENDIMIENTO NETO: INGRESOS ÍNTEGROS Y GASTOS DEDUCIBLES

Pregunta

¿Son deducibles las cantidades aportadas a mutualidades de previsión social por el propio empresario o profesional?

Respuesta

Como regla general, no constituyen gasto deducible las aportaciones a Mutualidades de Previsión Social del empresario o profesional.

No obstante, sí serán gasto deducible las cantidades abonadas en virtud de contratos de seguro, concertados con Mutualidades de Previsión Social por profesionales no integrados en el régimen especial de la Seguridad Social de los trabajadores por cuenta propia o autónomos, cuando actúen como alternativas al régimen especial de la Seguridad Social mencionado, en la parte que tenga por objeto la cobertura de contingencias atendidas por dicho régimen especial, con el límite de la cuota máxima por contingencias comunes que esté establecida, en cada ejercicio económico, en el citado régimen especial.

Para el ejercicio 2015 la cotización máxima por contingencias comunes en el RETA es de 12.895,06 euros.

Para el ejercicio 2016 la cotización máxima por contingencias comunes en el RETA es de 13.023,79 euros.

Las cantidades abonadas por encima del citado límite podrán ser objeto de reducción en la base imponible del IRPF, en la parte que tenga por objeto la cobertura de contingencias previstas para planes de pensiones y respetando los límites previstos en el art.52 de la Ley.

Normativa/Doctrina

Artículo 30 .2.1º, 51 y 52 Ley 35/2006, de 28 de noviembre de 2006, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas . Artículo 103 . Cinco Ley 36/2014, de 26 de diciembre de 2014, de Presupuestos General del Estado para el año 2015 . Artículo 115 . Cinco Ley 48/2015, de 29 de octubre de 2015, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016.



Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria

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