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IMPUESTO SOBRE LA RENTA DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 - RENDIMIENTOS DEL TRABAJO - GASTOS DEDUCIBLES - MOVILIDAD GEOGRÁFICA: CUANTÍA A PARTIR DE 1/1/2015
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Materia
136418 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 - RENDIMIENTOS DEL TRABAJO - GASTOS DEDUCIBLES
Pregunta
¿Cuál es el importe que procede aplicar como incremento del gasto deducible por aquellos trabajadores desempleados que acepten un puesto de trabajo que exija el traslado de su residencia habitual?
Respuesta
A partir de 1 de enero de 2015, tratándose de contribuyentes desempleados inscritos en la oficina de empleo que acepten un puesto de trabajo que exija el traslado de su residencia habitual a un nuevo municipio, se incrementará la cuantía prevista en el artículo 19.2.f) LIRPF (2.000 euros anuales), en el periodo impositivo en el que se produzca el cambio de residencia y en el siguiente, en 2.000 euros anuales adicionales.
Normativa/Doctrina
Artículo 19 .2.f) Ley 35/2006, de 28 de noviembre de 2006, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria