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IMPUESTO SOBRE LA RENTA DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 - RENDIMIENTOS DEL TRABAJO - RETRIBUCIONES EN ESPECIE - ENTREGA DEL ABONO DE TRANSPORTE
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Materia
136350 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 - RENDIMIENTOS DEL TRABAJO - RETRIBUCIONES EN ESPECIE
Pregunta
Por convenio colectivo, la empresa facilita gratuitamente a sus trabajadores el abono de transporte del tipo correspondiente a su domicilio habitual. ¿Tiene la consideración de retribución en especie?
Respuesta
La concesión gratuita del abono de transportes en función del domicilio habitual de cada empleado procede calificarla como una retribución en especie del trabajo, pues constituye la obtención para fines particulares de bienes, derechos o servicios de forma gratuita.
Por tanto, siempre que se satisfaga con la finalidad de favorecer el desplazamiento de los empleados entre su lugar de residencia y el centro de trabajo, tendrá la consideración de rendimiento del trabajo en especie exento con el límite de 1.500 euros anuales para cada trabajador.
Normativa/Doctrina
Artículo 42 .3.e) Ley 35/2006, de 28 de noviembre de 2006, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas . Artículo 46 bis Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo de 2007, Reglamento del IRPF.
Consulta Vinculante de la D.G.T. V 2231 - 10, de 24 de octubre de 2010
Consulta Vinculante de la D.G.T. V 2619 - 10, de 02 de diciembre de 2010
Consulta Vinculante de la D.G.T. V 2620 - 10, de 02 de diciembre de 2010
Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria