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GASTOS DEDUCIBLES - MOVILIDAD GEOGRÁFICA: FUNCIONARIO REALIZA CURSO SELECTIVO
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 18/12/2018
Origen: AEAT (Informa)
Materia
141147 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 - RENDIMIENTOS DEL TRABAJO - GASTOS DEDUCIBLES
Pregunta
¿Procede aplicar el incremento de gasto deducible por movilidad geográfica cuando una persona, que se encuentra desempleado e inscrito en la oficina de empleo, aprueba una oposición y debe trasladar su residencia a un municipio distinto para la realización del curso selectivo?
Respuesta
De acuerdo con el artículo 8 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, tienen la condición de empleado público, entre otros, los funcionarios de carrera. Para adquirir tal condición, el artículo 62 de la citada Ley establece que:
La condición de funcionario de carrera se adquiere por el cumplimiento sucesivo de los siguientes requisitos:
a) Superación del proceso selectivo.
b) Nombramiento por el órgano o autoridad competente, que será publicado en el Diario Oficial correspondiente.
c) Acto de acatamiento de la Constitución y, en su caso, del Estatuto de Autonomía correspondiente y del resto del Ordenamiento Jurídico.
d) Toma de posesión dentro del plazo que se establezca.
Se trata de un proceso que exige el cumplimiento sucesivo de una serie de requisitos para finalmente adquirir la condición de funcionario de carrera. A los efectos de poder aplicar el incremento de gasto deducible movilidad geográfica, el artículo 19.2.f) de la LIRPF exige que el contribuyente se encuentre desempleado e inscrito en la oficina de empleo, circunstancias que deben valorarse antes del inicio de dicho proceso, esto es, una vez publicada la relación definitiva de aspirantes aprobados a las pruebas selectivas.
Por tanto, el contribuyente que, cumpliendo dichos requisitos, debe trasladar su residencia para realizar el curso selectivo podrá aplicar el incremento de gasto por movilidad geográfica.
Normativa/Doctrina
Artículo 19 .2.f) Ley 35/2006, de 28 de noviembre de 2006, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas . Artículo 11 .1 Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo de 2007, Reglamento del IRPF.
Consulta Vinculante de la D.G.T. V 5454 - 16, de 27 de diciembre de 2016
Consulta Vinculante de la D.G.T. V 0890 - 17, de 10 de abril de 2017
Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria