Última revisión
IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES, LEY 27/2014 - PAGOS A CUENTA - RETENCIONES E INGRESOS A CUENTA - ACTIVOS FINANCIEROS CON RENDIMIENTO EXPLÍCITO
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 01/01/2017
Origen: AEAT (Informa)
Materia
135312 - IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES, LEY 27/2014 - PAGOS A CUENTA - RETENCIONES E INGRESOS A CUENTA
Pregunta
¿Qué activos financieros tienen la consideración de activos financieros con rendimiento explicito?
Respuesta
Tendrán la consideración de activos financieros con rendimiento explícito aquellos que generen intereses y cualquier otra forma de retribución pactada como contraprestación a la cesión a terceros de capitales propios y que no esté comprendida en el concepto de rendimientos implícitos.
Los activos financieros con rendimiento mixto seguirán el régimen de los activos financieros con rendimiento explícito cuando el efectivo anual que produzcan de esta naturaleza sea igual o superior al tipo de referencia vigente en el momento de la emisión, aunque en las condiciones de emisión, amortización o reembolso se hubiese fijado, de forma implícita, otro rendimiento adicional.
Normativa/Doctrina
Artículo 63 RIS Real Decreto 634/2015, de 10 de julio de 2015.
Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria