Última revisión
IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES R.D.LEG. 4/2004 - BASE IMPONIBLE - COMPENSACIÓN BASES IMPONIBLES NEGATIVAS - LÍMITES DE LA COMPENSACIÓN: EXPLOTACIÓN DIFERENTE
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 01/01/2017
Origen: AEAT (Informa)
Materia
124210 - IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES R.D.LEG. 4/2004 - BASE IMPONIBLE - COMPENSACIÓN BASES IMPONIBLES NEGATIVAS
Pregunta
¿La realización de una explotación diferente de la que determinó la generación de las pérdidas a compensar supone no reunir una de las circunstancias establecidas para la aplicación de la limitación a la compensación de bases imponibles negativas?
Respuesta
Sí. La limitación a la compensación de bases imponibles negativas no es aplicable en la medida en que la sociedad participada hubiera realizado explotaciones económicas dentro de los 6 meses anteriores a la adquisición de la participación que confiere la mayoría del capital, con independencia de que tales explotaciones sean o no coincidentes con las realizadas por la sociedad participada en el período impositivo en el que se generaron las bases imponibles negativas pendientes de compensación.
Normativa/Doctrina
Artículo 25 .2 TRLIS Real Decreto Legislativo 4/2004, de 05 de Marzo de 2004.
Consulta de la D.G.T. 0012 - 97, de 10 de Enero de 1997
Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria