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IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES R.D.LEG. 4/2004 - HECHO IMPONIBLE - ESTIMACIÓN DE RENTAS - ESTIMACIÓN DE RENTAS
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Materia
124150 - IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES R.D.LEG. 4/2004 - HECHO IMPONIBLE - ESTIMACIÓN DE RENTAS
Pregunta
¿Se presumen retribuídas las cesiones de bienes y derechos? ¿La contabilidad, adecuada a las exigencias del Plan General de Contabilidad, constituye prueba suficiente para destruir la presunción de retribución por el valor normal de mercado?
Respuesta
Las cesiones de bienes y derechos se presumirán retribuidas por su valor normal de mercado, salvo prueba en contrario. El valor probatorio de los libros de los empresarios y demás documentos contables será apreciado por los tribunales conforme a las reglas generales del derecho, por lo que no puede establecerse una regla que, con carácter general, establezca el valor probatorio de la contabilidad en relación a esta presunción. No obstante, en la medida en que se aprecie que la contabilidad recoge fielmente el valor de las operaciones realizadas por la empresa, la misma podrá ser un elemento de prueba en orden a rebatir la presunción de retribución por el valor normal de mercado aludida.
Normativa/Doctrina
Artículo 5 TRLIS Real Decreto Legislativo 4/2004, de 05 de Marzo de 2004.
Artículo 31 Código de Comercio Real Decreto, de 22 de Agosto de 1885.
Consulta de la D.G.T. 0012 - 97, de 10 de Enero de 1997

Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria
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