IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES R.D.LEG. 4/2004 - REG ESPECIALES - CONSOLIDACIÓN FISCA...DAMIENTO DE INMUEBLE
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IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES R.D.LEG. 4/2004 - REG ESPECIALES - CONSOLIDACIÓN FISCAL - RETENCIÓN POR ARRENDAMIENTO DE INMUEBLE

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Orden: fiscal

Fecha última revisión: 01/01/2017

Origen: AEAT (Informa)

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Materia

130556 - IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES R.D.LEG. 4/2004 - REGÍMENES ESPECIALES - CONSOLIDACIÓN FISCAL

Pregunta

Una entidad tributa por el régimen de consolidación fiscal. Es titular de un contrato de arrendamiento sobre un inmueble propiedad de la dominante, suscrito con anterioridad. ¿Tiene obligación de practicar retención por las rentas procedentes del arrendamiento del inmueble?

Respuesta

El artículo 59.n) del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, establece que no existirá retención ni ingreso a cuenta respecto de los dividendos o participaciones en beneficios, intereses y demás rendimientos satisfechos entre sociedades que formen parte de un grupo que tribute en régimen de los grupos de sociedades.

Por tanto, no cabe practicar retención sobre ninguna de las rentas satisfechas entre las entidades que pertenezcan al mismo grupo de consolidación fiscal.

Normativa/Doctrina

Artículo 59 RIS Real Decreto 1777/2004, de 30 de julio de 2004.

Consulta Vinculante de la D.G.T. V 1401 - 10, de 22 de junio de 2010



Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria