Última revisión
RETENCIONES E INGRESOS A CUENTA - RETRIBUCIÓN CONTRATO CUENTAS EN PARTICIPACIÓN
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 30/10/2018
Origen: AEAT (Informa)
Materia
140854 - IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES, LEY 27/2014 - PAGOS A CUENTA - RETENCIONES E INGRESOS A CUENTA
Pregunta
La retribución abonada a una sociedad por una entidad en virtud de un contrato de cuentas en participación, ¿está sometida a retención?
Respuesta
De acuerdo con el artículo 60.1 a) del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades (RIS), cuando el partícipe gestor satisface rentas al partícipe no gestor en cumplimiento de las previsiones contractuales, éste último, obtiene unas rentas que derivan de la cesión a terceros de capitales propios por lo que deben computar como ingreso a efectos de la determinación de su base imponible.
La entidad partícipe gestor del contrato de cuentas en participación, deberá practicar retención sobre las rentas que abone al partícipe no gestor, por causa de la cuenta en participación con arreglo a lo dispuesto en los artículos 64 y siguientes del RIS.
Normativa/Doctrina
Artículo 60 y 64 a 68 RIS Real Decreto 634/2015, de 10 de julio de 2015.
Consulta Vinculante de la D.G.T. V 0069 - 11, de 18 de enero de 2011
Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria