ENTREGAS DE BIENES / PRESTACIONES DE SERVICIOS - SUBVENCIONES PARA PROYECTO DETERMINADO
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ENTREGAS DE BIENES / PRE...ETERMINADO

Última revisión
02/05/2019

ENTREGAS DE BIENES / PRESTACIONES DE SERVICIOS - SUBVENCIONES PARA PROYECTO DETERMINADO

Tiempo de lectura: 2 min

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Orden: fiscal

Fecha última revisión: 02/05/2019

Origen: AEAT (Informa)


Materia

141301 - IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO - BASE IMPONIBLE - ENTREGAS DE BIENES / PRESTACIONES DE SERVICIOS

Pregunta

Una Fundación lleva a cabo las siguientes actividades: facilitar y proveer intercambios de información entre la propia Fundación y otras organizaciones análogas y la organización de jornadas, conferencias y cursos de formación y reciclaje.

Entre los ingresos de la fundación se encuentran las subvenciones de la Comunidad Autónoma, que deben autorizarse para un proyecto determinado, con el fin de desarrollar programas de actuación relacionados con la actividad y fines de la entidad.

Las subvenciones que la entidad percibe de la Comunidad Autónoma ¿se consideran o no subvenciones vinculadas al precio?.

Respuesta

A efectos de que una subvención pueda considerarse directamente vinculada al precio, e integrar base imponible del Impuesto, debe considerarse que esta estará constituida por todo lo que se recibe como contrapartida del servicio prestado, siendo necesaria únicamente la existencia de un vínculo directo entre la prestación del servicio y la contrapartida obtenida.

Para reconocer ese vínculo, no es necesario que el beneficiario directo de la prestación sea el destinatario del servicio ni que la contraprestación se vincule a prestaciones de servicios individualizadas. Sí es necesario que el servicio se preste realmente como contrapartida del pago, sin que se exija que dicha contrapartida se perciba directamente por el destinatario del servicio, sino que puede ser un tercero, el que satisfaga la misma.

En el caso planteado concurren los citados requisitos y las cantidades percibidas por la Fundación constituyen subvenciones vinculadas al precio de las operaciones. Estas subvenciones se conceden para el desarrollo de un proyecto determinado, por lo que la subvención se considera vinculada al precio y, por tanto, deberá formar parte de la base imponible de las operaciones subvencionadas.

Normativa/Doctrina

Artículo 78 .dos.3º Ley 37/1992, de 28 de diciembre de 1992.

Consulta Vinculante de la D.G.T. V 2070 - 18, de 12 de julio de 2018

Resolución TEAC, de 20 de noviembre de 2014 . Nº 01360/2011

Sentencia TJUE, de 27 de marzo de 2014 . asunto C-151/13 Le Rayon d Or SARL



Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria

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