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IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO - EXENCIONES EN IMPORTACIONES - ARRENDAMIENTO DE ANDAMIOS A EMPRESARIO DE UN TERCER ESTADO
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106960 - IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO - EXENCIONES EN IMPORTACIONES
Pregunta
¿Cómo tributa el arrendamiento de andamios, por un período de 10 meses, siendo el arrendador una empresa suiza y el arrendatario una empresa española que los traslada a España?
Respuesta
- El arrendamiento de los andamios es una prestación de servicios sujeta y no exenta en España ya que se entiende realizada donde radique el establecimiento del destinatario (arrendatario)
- Las importaciones temporales de bienes con exención parcial de derechos de importación están exentas del IVA cuando dichos bienes son cedidos por su propietario mediante operaciones sujetas y no exentas del impuesto.
Normativa/Doctrina
Artículo 70 Uno.5º, 66 Ley 37/1992, de 28 de diciembre de 1992.

Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria