Última revisión
IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO - EXENCIONES EN OPERACIONES INTERIORES - OPERACIONES FINANCIERAS Y DE SEGUROS - SEGUROS: PERITO TASADOR
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 01/01/2017
Origen: AEAT (Informa)
Materia
106834 - IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO - EXENCIONES EN OPERACIONES INTERIORES - OPERACIONES FINANCIERAS Y DE SEGUROS
Pregunta
¿Están exentos del IVA los servicios prestados por un perito tasador de seguros?
Respuesta
En la exención de operaciones de seguros se comprenden los servicios prestados por el asegurador al asegurado, pero no los prestados por terceros. Las operaciones de tasación suponen una prestación de servicios del perito tasador ajena a las operaciones propias de seguro, reaseguro y capitalización. Por ello, estará sujeta y no exenta del impuesto, sin que a estos efectos sea relevante que se realice a instancias de una entidad aseguradora o de un órgano judicial.
Normativa/Doctrina
Artículo 20 Uno.16º Ley 37/1992, de 28 de diciembre de 1992.
Consulta de la D.G.T. 0416 - 04, de 26 de febrero de 2004
Consulta de la D.G.T. 1639 - 03, de 14 de octubre de 2003
Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria