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IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO - GESTIÓN DEL IMPUESTO - TRANSFORMACIÓN DE SOCIEDADES
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Materia
108179 - IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO - GESTIÓN DEL IMPUESTO
Pregunta
- En el caso de transformación de una Agrupación de Interés Económico en sociedad anónima, ¿cuantas declaraciones presentará de IVA, 347 y 190?
En el caso de que una sociedad anónima se transforma en sociedad limitada (según la legislación vigente no se produce un cambio de personalidad jurídica) ¿Cuántas declaraciones tiene que presentar?
Respuesta
- Transformación de una Agrupación de Interés Económico en otro tipo de sociedad: Las Agrupaciones de Interés Económico pueden transformarse en cualquier otro tipo de sociedad mercantil; la transformación se regirá por las normas aplicables al tipo de sociedad resultante (en este caso sociedada anónima). La transformación en sociedad anónima no afecta a la personalidad jurídica de la sociedad transformada, por lo que presentará una única declaración de I.V.A., 347 y 190, con la nueva forma social.
Transformación de una sociedad anónima en sociedad limitada: En el período de liquidación en que se produzca el cambio, debe presentar una única declaración con la nueva forma social, pudiendo deducir las cuotas soportadas con anterioridad a la transformación. Igualmente presentara un único modelo de declaración-resumen anual (modelo 390) con el NIF de la nueva forma social.
Normativa/Doctrina
Artículo 19 .3 Ley 12/1991, de 29 de Abril de 1991.
Artículo 26 Real Decreto Legislativo 4/2004, de 05 de marzo de 2004.
Consulta Vinculante de la D.G.T. V 0354 - 09, de 23 de febrero de 2009

Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria
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