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IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO - OBLIGACIONES DE LOS SUJETOS PASIVOS - FACTURAS DESDE 1-1-2013 - CONTENIDO: EXPEDICIÓN POR EL DESTINATARIO O TERCERO
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133053 - IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO - OBLIGACIONES DE LOS SUJETOS PASIVOS - FACTURAS DESDE 1-1-2013
Pregunta
¿Hay algún requisito especial cuando la factura la expide el destinatario o un tercero?
Respuesta
Las facturas que, mediante autorización, se expidan por el destinatario de la operación o por un tercero, deben expedirse a nombre y por cuenta del empresario o profesional que haya realizado la operación, con todos los requisitos de una factura pero en serie diferente para cada destinatario o tercero al que se encomiende su expedición.
Normativa/Doctrina
Artículo 5 Reglamento de facturación Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre de 2012.

Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria