IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO - OBLIGACIONES DE LOS SUJETOS PASIVOS - SUMINIST...CO DE LA INFORMACIÓN
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IMPUESTO SOBRE EL VALOR A...NFORMACIÓN

Última revisión
01/01/2017

IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO - OBLIGACIONES DE LOS SUJETOS PASIVOS - SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN (SII) - SUMINISTRO ELECTRÓNICO DE LA INFORMACIÓN

Tiempo de lectura: 1 min

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Orden: fiscal

Fecha última revisión: 01/01/2017

Origen: AEAT (Informa)


Materia

139056 - IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO - OBLIGACIONES DE LOS SUJETOS PASIVOS - SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACIÓN (SII)

Pregunta

¿Cómo se envían electrónicamente los datos de las facturas a la AEAT?

Respuesta

El suministro electrónico de los registros de facturación se realizará a través de la Sede Electrónica de la AEAT mediante un servicio web o a través de un formulario electrónico, conforme con los campos de registro aprobados en la correspondiente Orden ministerial.

Normativa/Doctrina

Artículo 62 .6 Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre de 1992.

Artículo primero.cuatro Real Decreto 596/2016, de 2 de diciembre de 2016.

Orden HFP/417/2017 de 12 de mayo de 2017.



Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria

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