IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO - TIPOS DESDE 1.9.2012 - PUBLICACIONES Y MATERIA... MATERIAL DE OFICINA
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IMPUESTO SOBRE EL VALOR A...DE OFICINA

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IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO - TIPOS DESDE 1.9.2012 - PUBLICACIONES Y MATERIAL ESCOLAR - MATERIAL ESCOLAR: USO MIXTO COMO MATERIAL DE OFICINA

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Orden: fiscal

Fecha última revisión: 01/01/2017

Origen: AEAT (Informa)

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Materia

132498 - IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO - TIPOS DESDE 1.9.2012 - PUBLICACIONES Y MATERIAL ESCOLAR

Pregunta

¿Qué material no se considera de uso exclusivo escolar y a qué tipo impositivo tributa?

Respuesta

Tributan al tipo general, sin que tras la entrada en vigor del Real Decreto-ley 20/2012 haya habido modificación en este sentido, el material de oficina que se consideraba que no era de uso exclusivo escolar, como los folios blancos, bolígrafos, lapiceros grapadoras, taladradoras, pósit, «tippex», pegamentos, tijeras, taladradoras, organizadores, gomas de borrar, sacapuntas, carpetas de gomas, rotuladores, marcadores, reglas, plumieres, etc., y las mochilas distintas de las escolares.

Normativa/Doctrina

Artículo 90 Uno Ley 37/1992, de 28 de diciembre de 1992.

Resolución de la Dirección General de Tributos de 2 de agosto de 2012 (BOE de 6 de agosto).



Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria