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LIMITACIÓN DE LOS PAGOS EN EFECTIVO (LEY 7/2012) - CUANTIFICACIÓN DE LAS OPERACIONES - FRACCIONAMIENTO DEL PAGO DE UNA OPERACIÓN
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132779 - LIMITACIÓN DE LOS PAGOS EN EFECTIVO (LEY 7/2012) - CUANTIFICACIÓN DE LAS OPERACIONES
Pregunta
Se plantea si se encuentra sometido a las limitaciones al pago en efectivo una operación entre empresarios por importe de 4.000 euros, que se paga en efectivo en dos plazos de 2.000 euros cada uno.
Respuesta
Se trata de una operación efectuada en la que ambas partes intervinientes actúan en calidad de empresario y que se encuentra sometida a la prohibición de pago en efectivo si su importe es igual o superior a 2.500 euros.
La norma establece que a efectos del cálculo de la cuantía de la operación se sumarán los importes de todas las operaciones o pagos en que se haya podido fraccionar la entrega del bien o prestación del servicio. Por consiguiente, no se considera como dos operaciones de 2.000 euros, sino como una única operación de 4.000 euros, cuyo pago se ha fraccionado en dos partes. Luego, esta operación no puede pagarse en efectivo.
Normativa/Doctrina
Art. 7.Uno.2 de la Ley 7/2012, de 29 de octubre, de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la intensificación de las actuaciones de prevención y lucha contra el fraude.

Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria