Última revisión
LA MANCHA 2017 - DEDUCCIÓN IRPF DISCAPACIDAD ASCENDIENTES O DESCENDIENTES
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 17/04/2018
Origen: AEAT (Informa)
Materia
139679 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 - COMUNIDADES AUTÓNOMAS. DEDUCCIONES AUTÓNOMICAS - CASTILLA-LA MANCHA 2017
Pregunta
¿En qué consiste la deducción autonómica por discapacidad de ascendientes o descendientes?
Respuesta
Los contribuyentes residentes en Castilla-La Mancha pueden aplicar una deducción de 300 euros por cada ascendiente o descendiente con discapacidad en grado igual o superior al 65 por 100 y que genere el derecho al mínimo por discapacidad de ascendientes o descendientes establecido en la normativa estatal del IRPF.
Para poder aplicar la deducción la suma de las bases imponibles general y del ahorro no debe superar 27.000 euros en caso de tributación individual o 36.000 euros si la tributación es conjunta.
Si dos o más contribuyentes tienen derecho a aplicar la deducción respecto a un mismo ascendiente o descendiente, el importe de la misma se prorrateará entre ellos, pero si alguno no cumple todos los requisitos exigidos, el otro sólo puede aplicar la parte de la deducción que le corresponda (por ejemplo, si un hijo discapacitado vive con ambos padres, la base imponible de la madre supera el límite de 27.000 euros y la del el padre no, este último sólo puede deducir 150 euros).
Normativa/Doctrina
Artículos 5 y 13 Ley 8/2013, de 21 de noviembre, de Medidas Tributarias de Castilla-La Mancha
Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria