MERCANCÍAS CON TRATAMIENTO ESPECIAL - MATERIAL DE DEFENSA Y DOBLE USO - IMPORTACIÓN - 03.- OTRO MATERIAL
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MERCANCÍAS CON TRATAMIENT...O MATERIAL

Última revisión
01/01/2017

MERCANCÍAS CON TRATAMIENTO ESPECIAL - MATERIAL DE DEFENSA Y DOBLE USO - IMPORTACIÓN - 03.- OTRO MATERIAL

Tiempo de lectura: 2 min

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Orden: fiscal

Fecha última revisión: 01/01/2017

Origen: AEAT (Informa)


Materia

139369 - MERCANCÍAS CON TRATAMIENTO ESPECIAL - MATERIAL DE DEFENSA Y DOBLE USO - IMPORTACIÓN

Pregunta

¿Qué requisitos debe cumplir un particular que dese importar otro material?

Respuesta

Se requiere autorización o licencia para importaciones definitivas o temporales del material incluido en el anexo II.1 del R. Decreto 679/2014, de 1 de agosto (reparaciones, revisiones, reposición sin cobro de material defectuoso, devoluciones a origen, pruebas, homologaciones, ferias o exhibiciones), rectificaciones (plazo de validez, aduana de salida o valor de transacción), acuerdos de producción bajo licencia, actividades de intermediación o corretaje y para las exportaciones que procedan de operaciones de autorizaciones del régimen de tráfico de perfeccionamiento pasivo o activo.

No será necesaria una autorización en el ámbito del Reglamento de control del comercio exterior de material de defensa, de otro material y de productos y tecnologías de doble uso, aprobado por Real Decreto 679/2014, de 1 de agosto, en lo concerniente a las exportaciones temporales ni reexportaciones de armas de fuego reglamentadas, sus componentes y municiones, que estén realizadas por personas físicas, que no se deriven de una actividad económica o comercial y estén destinadas a cacerías o prácticas de tiro deportivo.

Para más información consulte

http://www.comercio.gob.es/es-ES/comercio-exterior/informacion-sectorial/material-de-defensa-y-de-doble-uso/guia-operador

Normativa/Doctrina

Ley 53/2007, de 28 de diciembre, sobre el control del comercio exterior de material de defensa y de doble uso

Real Decreto 679/2014, de 1 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de control del comercio exterior de material de defensa defensa de otro material y de productos y tecnologías de doble uso

Orden ECC/1493/2016, de 19 de septiembre, por la que se actualizan los anexos del Reglamento de control del comercio exterior de material de defensa, de otro material y de productos y tecnologías de doble uso, aprobado por el Real Decreto 679/2014



Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria

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